Precaución: Colecta de Organismos Silvestres en Naturalista CR
Estimados Usuarios de Naturalista CR: Se les recuerda que la colecta de organismos silvestres en Costa Rica se encuentra estrictamente regulada por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre N° 7317: "Artículo 36.- Para el ejercicio de la colecta de vida silvestre, sus partes, productos o derivados deberá contarse con los permisos emitidos por el SINAC, una vez cumplidos los requisitos establecidos en esta ley y su reglamento para la modalidad correspondiente."
Los permisos de colecta emitidos por el SINAC están incluídos en los Pasaportes Científicos, los cuales son “Documentos oficiales emitido por los encargados(as) de investigación de las Áreas de Conservación o por el Programa de Investigación de SINAC que buscan mantener un registro de los investigadores(as) que realizan investigación en las Áreas de Conservación. Los pasaportes científicos contienen la información que identifica a los solicitantes, el título de su investigación y los términos en los que fue aprobada, las cantidades y condiciones de captura o recolecta científica, (cuando corresponda) y el sello por los pagos respectivos. Si el proyecto cuenta con varios investigadores (as) principales, uno de ellos deberá ser el coordinador que firme la solicitud y ser responsable por los compromisos adquiridos. Los demás deberán ser citados en el mismo como co-investigadores(as). Cualquier otra persona participante deberá ser mencionada en el formulario como asistente(s), especialmente cuando su estudio requiera el ingreso a áreas silvestres protegidas estatales.“ Para poder proceder con una colecta, se debe “portar alguno de los documentos oficiales sea el pasaporte científico o resolución, que lo acredite como investigador(a) autorizado.” Además, la persona que realiza la colecta debe “contar con la experiencia suficiente o cuenta con asesores reconocidos.” Manual de Procedimientos para realizar investigación científica y cultural en las Áreas de Conservación DE- 32553.
Multas para personas que colectan sin permisos:
cincuenta por ciento (50%) de un (1) salario base y el comiso de las piezas que constituyan el producto de la infracción, quien extraiga, sin autorización del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, plantas o sus productos en forma no comercial, en áreas oficiales de protección o en áreas privadas debidamente autorizadas".
Naturalista CR NO es una plataforma para la colecta, ya que las licencias de colecta científicas son responsabilidad de cada investigador y co-investigadores, y NO son transferibles a terceros. En caso que usted reciba una solicitud de colecta o extracción de organismos silvestres por mensaje privado o público por favor marque la conversación o escríbanos a naturalistacr@gmail.com para reportar la situación. Todo usuario que haga un uso inapropiado de Naturalista CR para cualquier propósito o actividad ilegal o no autorizada según las leyes y decretos costarricenses, será sancionado o suspendido de la plataforma Naturalista CR.
-GLOSARIO-